España está a punto de implementar una de las reformas más ambiciosas en materia de salud pública de los últimos años. El Consejo de Ministros aprobó en septiembre de 2025 un anteproyecto que transformará significativamente las normas sobre el consumo de tabaco y productos relacionados en todo el territorio nacional. Esta actualización responde a los cambios en los patrones de consumo y a las recomendaciones de organismos sanitarios internacionales.

La nueva ley equipara por primera vez los cigarrillos electrónicos al tabaco convencional y amplía considerablemente los espacios donde está prohibido fumar, incluyendo terrazas de bares, parques infantiles y estaciones de transporte. Además, introduce la prohibición expresa de consumo para menores de edad y elimina la venta de cigarrillos electrónicos desechables. Estas medidas buscan proteger especialmente a la población joven, que ha mostrado un incremento preocupante en el uso de vaporizadores y productos alternativos al tabaco tradicional.

ProfesionalHoreca- prohibición de fumar en terrazas de bares y restaurantes, Hostelería de España

Principales novedades y alcance de la Ley antitabaco 2025

El Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto que amplía significativamente las zonas donde no se puede fumar, equipara los cigarrillos electrónicos al tabaco convencional y establece prohibiciones expresas para menores de edad. Esta reforma de la Ley 28/2005 forma parte del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 y responde a las recomendaciones de la Comisión Europea en materia de salud pública.

Ampliación de los espacios libres de humo

La nueva normativa incorpora espacios donde actualmente no existe prohibición de fumar. Las terrazas de bares y restaurantes quedan incluidas en la lista de zonas libres de humo, lo que representa un cambio importante respecto a la legislación vigente.

Los exteriores de centros sanitarios, educativos, universitarios y sociales también quedan protegidos. Se establece además un perímetro de seguridad de 15 metros lineales alrededor de estas instalaciones donde tampoco podrá consumirse tabaco ni productos relacionados.

Otros espacios afectados incluyen parques infantiles, zonas culturales o deportivas, estaciones de transporte y recintos donde se desarrollen espectáculos y conciertos al aire libre. Los vehículos de transporte con conductor también se suman a las áreas restringidas, reforzando la protección de la salud de pasajeros y trabajadores.

Equiparación del tabaco y nuevos productos regulados

El Ministerio de Sanidad equipara los productos relacionados con el tabaco a los cigarrillos convencionales, sometiéndolos a las mismas restricciones legales. Esta categoría abarca dispositivos cuya presencia en el mercado ha aumentado notablemente entre la población joven.

Los productos afectados son:

  • Cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, incluidos todos sus componentes (cartucho, depósito, dispositivo)
  • Bolsitas de nicotina para uso oral, en forma de sobres, polvo o comprimidos
  • Productos a base de hierbas para fumar, vaporizar o inhalar, como shishas
  • Dispositivos para el consumo de productos calentados, incluidos los que funcionan con tabaco

Aunque estos productos no siempre contienen tabaco ni nicotina, están vinculados al acto de fumar o inhalar y aumentan el riesgo de consumo de tabaco convencional.

Prohibiciones específicas sobre vapeadores y bolsitas de nicotina

El anteproyecto prohíbe expresamente la venta y suministro de cigarrillos electrónicos de un solo uso. Esta medida busca reducir el impacto ambiental y limitar el acceso a productos desechables que resultan especialmente atractivos para los jóvenes.

Queda prohibida toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de estos productos, directa o indirecta. Esto incluye comunicaciones comerciales en medios impresos, audiovisuales, digitales, redes sociales y distribución de muestras o descuentos.

La prohibición se extiende a equipamientos, instalaciones y mobiliario en espacios de uso público o colectivo. No podrán aparecer logos, imágenes o referencias a marcas en rótulos, carteles o mobiliario urbano. El patrocinio de actividades, eventos o contenidos por empresas del sector también queda vetado.

Protección de menores de edad y responsabilidad legal

La normativa prohíbe expresamente el consumo de tabaco y productos relacionados por parte de menores de edad, algo que hasta ahora no estaba regulado. La prohibición anterior se limitaba únicamente a la venta o entrega de estos productos.

Si un menor fuma o vapea, sus padres o tutores legales deberán asumir una multa de 100 euros. Esta sanción busca reforzar la responsabilidad de las familias en la prevención del consumo entre adolescentes.

Los establecimientos tienen la obligación de exponer en lugar visible la prohibición de venta a menores. La venta o comercialización de productos del tabaco por parte de menores también constituye una infracción leve. Estas medidas complementan las acciones del Ministerio de Sanidad para reducir el tabaquismo en población joven y proteger la salud pública.

Restricciones y regulaciones en espacios públicos y productos

La reforma antitabaco amplía significativamente los espacios libres de humo y equipara los cigarrillos electrónicos con el tabaco convencional. Las nuevas restricciones afectan tanto a la prohibición de fumar como a la comercialización, señalización y promoción de productos relacionados con el tabaco.

Lugares y situaciones donde se prohíbe fumar y vapear

La normativa extiende la prohibición de fumar y vapear a terrazas de bares y restaurantes, eliminando la última zona donde el consumo estaba permitido en hostelería. Esta medida equipara los vapeadores con el tabaco tradicional en todos los efectos.

Las instalaciones deportivas y piscinas colectivas quedan completamente libres de humo. Se establece un perímetro mínimo de 15 metros alrededor de accesos a centros sanitarios, centros educativos y parques infantiles donde no podrás fumar ni vapear.

Los vehículos de transporte con conductor se suman a las restricciones, incluyendo taxis, VTC y vehículos utilizados como lugares de trabajo. Las estaciones de transporte, marquesinas y andenes también son espacios prohibidos.

La ley regula productos específicos como bolsitas de nicotinaproductos a base de hierbas para vaporizar, shishas, dispositivos de tabaco calentado y todo tipo de cigarrillos electrónicos. Se prohíbe expresamente la venta de vapeadores desechables y cigarrillos electrónicos de un solo uso.

Régimen sancionador y aplicación de multas

El régimen sancionador actualiza las infracciones y aumenta las cuantías máximas para garantizar el cumplimiento. Las sanciones se clasifican en leves, graves y muy graves según la naturaleza del incumplimiento.

Los titulares de establecimientos son responsables de garantizar que se respeten las prohibiciones en sus espacios. El incumplimiento por parte de los locales puede resultar en multas significativas, especialmente si permiten fumar en zonas prohibidas o no señalizan correctamente.

La venta de productos de tabaco o vapeadores a menores constituye una infracción grave. La nueva norma también sanciona el consumo por parte de menores, no solo la venta, estableciendo un marco más estricto de protección.

Se prevé un periodo transitorio de 12 meses para que fabricantes y vendedores adapten productos y agoten existencias de vapeadores de un solo uso antes de la aplicación plena del régimen sancionador.

Obligaciones de señalización y etiquetado

Todos los establecimientos públicos y privados afectados deben instalar señalización visible que indique claramente las zonas donde está prohibido fumar o vapear. Esta obligación recae sobre los titulares de los espacios.

La señalización debe colocarse en lugares estratégicos como entradas, accesos principales y zonas comunes. Debe ser clara, legible y utilizar la simbología oficial establecida por la normativa.

Aunque la ley no incorpora el empaquetado neutro para todos los productos, mantiene las advertencias sanitarias obligatorias. Los fabricantes deben adaptar el etiquetado de cigarrillos electrónicos y productos relacionados para cumplir con las exigencias legales.

Los vendedores online tienen obligaciones específicas de información sobre restricciones de venta a menores y características de los productos. La trazabilidad de bolsitas de nicotina y otros productos novedosos debe garantizarse mediante sistemas de identificación.

Restricciones en publicidad, promoción y patrocinio

Se prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de tabaco y productos relacionados, incluyendo vapeadores y bolsitas de nicotina. Esta restricción abarca canales digitales, redes sociales, eventos y patrocinio deportivo o cultural.

La publicidad indirecta también queda vetada, impidiendo estrategias de marketing que utilicen marcas compartidas o asociaciones visuales. Los influencers y creadores de contenido no pueden promocionar estos productos en ningún formato.

Los puntos de venta tienen limitaciones estrictas sobre la exhibición de productos. Solo se permite información objetiva sobre disponibilidad y precio, sin elementos promocionales o displays atractivos.

La normativa española debe alinearse con las directivas de la Comisión Europea sobre productos del tabaco. Las restricciones buscan homogeneizar la regulación en todo el territorio nacional, eliminando diferencias entre comunidades autónomas.