El 2 de abril de 2026 es una fecha que los hosteleros deben tener muy presente. Antes de esa fecha, las empresas que colocaron envases en el mercado durante el pasado año deberían haber reportado esa información al MITERD. En el sector hostelero abundan los embalajes en sus cocinas, almacenes y cadena de suministro, por lo que esta obligación es especialmente importante. Quien aún no haya tomado medidas, está a tiempo, pero el margen se estrecha.

El decreto que ya no es nuevo

Cuando el Real Decreto 1055/2022 entró en vigor, parecía una normativa más, técnica y compleja, que ya se entendería con el tiempo. Ese tiempo ha pasado. Hoy el decreto es una realidad operativa, y los plazos son concretos. Cualquier empresa que ponga envases en el mercado tiene la obligación de financiar la gestión de los residuos que estos generan, adhiriéndose a un scrap de envases comerciales u otro sistema legalmente reconocido.

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Las empresas de hostelería deben adhiriéndose a un scrap de envases comerciales u otro sistema legalmente reconocido

El cambio más relevante para la hostelería tiene que ver con el alcance del control. ¿Qué ocurre con las cajas de cartón que llegan del proveedor, el film que envuelve los pedidos o los envases que raras veces salen de la cocina? Pues que ahora también cuentan. Los envases comerciales e industriales, los que circulan en el back-of-house, lejos del consumidor final, están sujetos al mismo nivel de exigencia que los domésticos; no hay excepciones por tamaño de negocio ni por tipo de establecimiento.

Sin la adhesión a un sistema colectivo acreditado, una empresa puede ver bloqueada su operativa comercial. Y no, no es un escenario improbable, es exactamente lo que prevé la normativa si no se cumple con la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP), es decir, la obligación legal de hacerse cargo del ciclo de vida de los envases que se ponen en circulación.

Qué pasos dar antes del 2 de abril

Sabiendo todo esto, la pregunta es clara: ¿por dónde se empieza? El primer movimiento es hacer un inventario real de los envases que el negocio maneja. Las cajas de suministros, los envases de producto, los materiales de transporte, los embalajes secundarios… Todo lo que haya contenido, protegido o facilitado la distribución de un producto entra en la declaración. El dato que pide la normativa es el peso, así que conviene ir recopilando esa información con antelación.

Formalizar la adhesión a un sistema colectivo de RAP

Con el inventario en mano, el siguiente paso es formalizar la adhesión a un sistema colectivo de RAP. Este sistema es el que realiza el reporte oficial ante las autoridades y gestiona los residuos de forma colectiva entre todas las empresas adheridas. Sin dar este paso, da igual cuánto recicle internamente el negocio: la empresa sigue estando en situación de incuFormalizar la adhesión a un sistema colectivo de RAP

Gestiona los trámites con margen

Por último, se deben mencionar que las plataformas de adhesión y declaración tienden a saturarse en los días previos al cierre del plazo, por lo que gestionar los trámites con margen suficiente permite resolver cualquier duda, corregir posibles errores en los datos y evitar la presión de última hora. En este caso, la antelación es la forma más sensata de llegar al 2 de abril con todo en regla.