El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha dado un paso histórico para la defensa de la trufa: a partir de ahora, solo los productos que contengan trufa natural podrán utilizar la mención «trufado».

Mediante una resolución adoptada el pasado 23 de marzo, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de la Industria Alimentaria, ha establecido los criterios definitivos para el etiquetado de productos que utilicen el término «trufado», garantizando que el consumidor reciba información veraz y que se ponga en valor el uso de la trufa real.

De este modo, partir de ahora, solo los productos que contengan trufa natural podrán utilizar la mención «trufado», prohibiéndose su uso en alimentos elaborados exclusivamente con aromas

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Esta resolución responde a una demanda histórica del sector y busca acabar con la confusión en el mercado, donde productos elaborados únicamente con aromas de síntesis utilizaban denominaciones descriptivas que inducían a error

Transparencia total para el consumidor

La nueva normativa establece cuatro pilares fundamentales que cambian las reglas del juego en el lineal del supermercado y en la alta charcutería

  1. Respeto al término «trufado»: Queda estrictamente prohibido el uso de la mención «trufado» en aquellos alimentos que hayan sido elaborados exclusivamente con aromas. Solo podrá utilizarse cuando el producto contenga trufa natural en cualquiera de sus especies.

  2. Porcentajes obligatorios: En los casos de productos trufados, será obligatorio indicar el porcentaje exacto de trufa utilizado, ya sea al lado de la denominación del alimento o en la lista de ingredientes.

  3. Claridad en los aromas: Los productos que utilicen aromas de síntesis o naturales que evoquen a la trufa deberán indicarlo claramente con fórmulas como «sabor a trufa» o «con aroma de trufa», evitando cualquier confusión con el uso de ingrediente natural.

  4. Combinaciones honestas: Para los alimentos que mezclen trufa natural con aromas reforzantes, se deberá especificar mediante menciones como «Elaborado con trufa y aromas de trufa». 

Un impulso para el sector trufero español

Esta medida refuerza la Ley 28/2015 para la defensa de la calidad alimentaria. Para España, y especialmente para regiones productoras líderes como Aragón, esta resolución supone un respaldo institucional al esfuerzo de los truficultores.

Al proteger el nombre del producto, se garantiza que el valor añadido llegue a quienes cultivan y recolectan la trufa natural, y no a quienes comercializan imitaciones aromáticas bajo nombres engañosos.

Norma clave para reforzar la calidad y transparencia

Hay que resaltar que esta norma es el resultado de los trabajos realizados en 2022 por parte de la iniciativa Trufa Negra de Aragón, constituida por las tres asociaciones de Truzarfa, Jóvenes Truficultores de Teruel y la Asociación de Recolectores y Truficultores de Aragón.

Con este acuerdo, la Mesa de Coordinación de la Calidad Alimentaria asegura «que España siga siendo un referente mundial no solo en producción de este producto, sino también en la protección y honestidad de sus productos transformados», explican.