La venta o servicio de frascas y licores sin etiquetar está prohibido y pone en riesgo la salud del consumidor. Desde Promarca se insta a Administraciones, hosteleros y consumidores a respetar la norma que prohíbe expresamente el trasvase o rellenado de envases, y que puede acarrear inspecciones y sanciones en la hostelería.
Promarca denuncia que la normativa de comercialización y etiquetado de determinadas bebidas espirituosas (licores y cremas) sigue sin cumplirse en amplios sectores de la hostelería, y se une a Espirituosos de España y a la Asociación para la Defensa de la Marca (Andema) para pedir a las Administraciones que lleven a cabo «una mayor concienciación y un control de su cumplimiento».
El artículo 10 (“Requisitos de comercialización») del Real Decreto 164/2014, de 14 de marzo, exige que licores y cremas sean comercializados debidamente envasados y etiquetados, quedando expresamente prohibido su trasvase o rellenado y estableciendo normas complementarias para la producción, designación, presentación y etiquetado de determinadas bebidas espirituosas, disponiendo lo siguiente:
«Los productos regulados por este real decreto y por el Reglamento (CE) n.º 110/2008, de 15 de enero, se presentarán y comercializarán siempre debidamente envasados y etiquetados, quedando expresamente prohibido el trasvase o rellenado en los establecimientos de venta, mayoristas, detallistas, cafeterías, bares, tabernas, restaurantes u otros establecimientos de consumo colectivo. En los establecimientos de distribución las etiquetas y precintas permanecerán adheridas a los envases y se dispondrá de los documentos legales que justifiquen las existencias de aquellos productos».
Una norma similar a la del aceite de oliva
Esta normativa es similar a la existente en el ámbito de la comercialización del aceite de oliva, que entró en vigor el 1 de enero de 2014 con el Real Decreto 895/2013.
Según la misma, los establecimientos de hostelería y catering tienen la obligación de presentar a los clientes el aceite de oliva en envases debidamente etiquetados con sistemas que impidan el rellenado o la pérdida de su integridad una vez abiertos.
Además, persigue proteger los derechos del consumidor, proporcionándole una garantía de saber qué está consumiendo, mostrando de forma clara y directa la información relativa al producto.
Esta protección de los derechos del consumidor motivó en su día la desaparición de las jarras/botellas de aceite rellenables y sin etiqueta de todos los locales hosteleros, para preservar la trazabilidad del sector del aceite de oliva, «algo que no ocurre hoy en día en el sector de las bebidas espirituosas», señalan desde Promarca.
Licores sin etiqueta, una práctica todavía habitual
Según una encuesta realizada por Espirituosos de España, el 80% de los consumidores ha visto como se les sirven licores en envases sin etiquetar como obsequio o detalle, y el 67% desconoce que hay una normativa que prohíbe el trasvase y rellenado de bebidas espirituosas.
En la actualidad el incumplimiento de la normativa sigue siendo generalizado, vulnerando así el derecho de los consumidores a saber qué están tomando y a conocer la información del producto que habitualmente aparece en la etiqueta.
Las garrafas de este tipo de bebidas que se utilizan para rellenar las frascas en las que se sirve posteriormente el licor en la mesa, representan el 20% de las ventas de licores, y se concentran principalmente en la hostelería (91%), donde se rellenan frascas para dar una falsa imagen de producto artesanal.
El envase de 3 litros es el que más peso tiene dentro del gran formato de la hostelería, y supone aproximadamente 26 millones decurso en ventas de licores de gran formato.
Por todo ello, Promarca llama a todos los operadores implicados (Administraciones, hostelería y consumidores) a colaborar conjuntamente en la concienciación y sensibilización sobre esta norma esencial para proteger a los consumidores y garantizar su cumplimiento.
«En la industria de la hostelería y restauración se ha detectado el uso de frascas para servir licores y cremas sin el envasado ni etiquetado requerido por ley. Esta práctica vulnera el derecho de información de los consumidores y representa un riesgo para su salud», señala Ignacio Larracoechea, presidente de Promarca.
«Es necesario tomar medidas entre todos los implicados para cumplir la Ley, tal y como se logró en el ámbito de los envases de aceite gracias al Real Decreto 895/2013, que entró en vigor el 1 de enero de 2014 y defendió los derechos del consumidor proporcionándole una garantía de saber qué es lo que está consumiendo y su trazabilidad”.