El Consejo de Ministros extraordinario celebrado el 12 de marzo aprobaba nuevas medidas para dar respuesta al impacto económico negativo del Covid-19 en diferentes sectores, entre ellos el turismo, el más afectado.

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Puesto que el principal afectado por las restricciones a la libre circulación de personas es, hasta ahora, es el sector turístico, la pandemia por coronavirus está teniendo un impacto económico muy importante en las líneas aéreas y en el sector turístico, que se agravará si continúa la expansión del Covid-19, explican desde el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Por ello, el pasado 12 de marzo se aprobaba un Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del Covid-19 incluye medidas específicas de garantía de liquidez y flexibilidad para empresas y autónomos del sector turístico:

Línea de financiación del ICO, dotado con 400 millones de euros y con garantía del Estado. Es una ampliación de la línea de financiación Thomas Cook, que se amplía a todas las empresas y trabajadores autónomos con domicilio fiscal en España que estén incluidos en los sectores económicos de transporte de viajeros, alojamiento y restauración básicamente. Se instruye al ICO para que, con carácter inmediato a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, realice las gestiones necesarias con las entidades financieras para que la línea de financiación ampliada pueda estar a disposición de las empresas en el plazo máximo de diez días a contar desde la referida entrada en vigor.

•  Extensión de la bonificación a los contratos fijos discontinuos a los meses de febrero a junio. Las empresas privadas dedicadas a actividades encuadradas en los sectores del turismo, así como los del comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculadas a dicho sector del turismo, que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y que inicien o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijos discontinuo, podrán aplicar una bonificación en dichos meses del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, Fogasa y Formación Profesional. Lo dispuesto será de aplicación desde el 1 de enero de 2020 hasta el día 31 de diciembre de 2020.

•  Flexibilización de las reglas de mantenimiento de los slots aeroportuarios. En concordancia con las autoridades europeas, se flexibilizan las normas que obligan a las aerolíneas a operar al menos el 80% de sus franjas horarias asignadas para no perder slot la temporada siguiente.

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo explica que «se trata de un primer paquete de medidas, que podrá ser ampliado en función de las circunstancias». El Ministerio mantiene «un diálogo constante y fluido» con los sectores de la industria, el comercio y el turismo a fin de seguir trabajando de manera conjunto para paliar las consecuencias de la extensión del Covid-19 en España.