Golpe al modelo de las plataformas de delivery como Glovo o Deliveroo: el Tribunal Supremo falla contra Glovo y establece que sus ‘riders’ o repartidores son falsos autónomos.

El Supremo ha fallado a favor de las tesis de los trabajadores de ese tipo de empresas de reparto a domicilio, que deberán ser considerados empleados asalariados y no autónomos, con las ventajas laborales que conlleva.

Prrofesionalhoreca, repartidor de Glovo
El Tribunal Supremo considera que los repartidores de Glovo son falsos autónomos

Concretamente, el Pleno la Sala de lo Social sostiene que Glovo «no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores». «Es una empresa que presta servicios de recadería y mensajería fijando las condiciones esenciales para la prestación del servicio», asegura el Alto Tribunal. «Se sirve de repartidores que no disponen de una organización empresarial propia y autónoma, los cuales prestan su servicio insertados en la organización de trabajo del empleador».

El fallo procede de un recurso interpuesto el pasado enero por un «rider» de Glovo. En el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se le dio la razón a la empresa y acudió al Alto Tribunal.

Tras estudiar el recurso, la Sala sienta doctrina con este primer pronunciamiento y marca el camino para otros casos abiertos en los tribunales, puesto que ‘tumba’ judicialmente el modelo. El tribunal también rechaza la petición de Glovo de que se lleve el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea mediante una cuestión prejudicial

A la espera de la regulación

El fallo llega después de que el Gobierno haya pospuesto en varias ocasiones la regulación de la figura del ‘rider’ a través de una modificación de la ley.

Precisamente, a esa regulación del Gobierno se agarra Glovo, que afirma en un comunicado que respeta la sentencia del Supremo y espera la definición de un marco regulatorio adecuado por parte del Gobierno y Europa. «En los tribunales el debate se encuentra abierto, ya que hay varias sentencias que validan el modelo, como la última del Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TSUE), y otras contrarias, como en España», señala la empresa en un comunicado. La compañía está a la espera de la definición del marco regulatorio por parte del Gobierno, así como de los organismos europeos, y cree «firmemente» que esta regulación debe ser promovida «en base al diálogo entre todos los actores interesados». La compañía quiere ser «parte activa» de la solución, «manteniendo una posición abierta y de consenso con las asociaciones, agentes sociales y el Ministerio».

No obstante, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ya ha resaltado la importancia de la sentencia del Alto Tribunal, afirmando que la reforma llegará en breve e irá en la misma línea del Supremo.

¿Y las consecuencias?

Si esto es así, desde la Asociación Española de Economía Digital (Adigital), patronal de plataformas de delivery como Glovo o Deliveroo, advierten que si finalmente se apuesta por una relación laboral de las plataformas con los riders, tendrán que ser los propios restaurantes y comercios los que contraten a los repartidores. Actualmente hay unos 65.000 que operan a través de estas plataformas. Su inclusión como empleados afectaría considerablemente a las mismas, al suponer unos costes laborales mucho más altos