La Ley de Prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentarios recién aprobada por el pleno del Parlamento de Cataluña es una norma pionera en Europa que supone que en la hostelería el cliente podrá llevarse, sn coste adicional, los alimentos que no haya consumido.

La hostelería deberá facilitar envases aptos para el uso alimentario, reutilizables, compostables o reciclables para llevarse las sobras, sin coste adicional

La Ley de Prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentarios en Cataluña se propone reducir en un 50% el desperdicio alimentario para 2030 en la comunidad, y ayudar a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de hambre cero.

Es una normativa pionera en Europa porque, a diferencia de la ley francesa o italiana, prioriza la prevención en origen ante la redistribución de los excedentes, y lo hace a lo largo de toda la cadena alimentaria, señala la Generalitat.

La ley impone una serie de obligaciones a todos los agentes de la cadena alimentaria, con el correspondiente régimen sancionador (el incumplimiento de la normativa puede acarrear multas de hasta 150.000 euros). Entre otras, las empresas y organizaciones que se dediquen a la distribución de alimentos estarán obligadas a:

  • Disponer de un Plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario
  • Medir e informar anualmente sobre los niveles de generación de pérdidas y desperdicio de alimentos
  • Aplicar la jerarquía de prioridades en cuanto el destino de los excedentes:
    • primer destino la alimentación humana,
    • si esto no es posible, la alimentación animal,
    • si tampoco es posible, a compostaje u otros usos técnicos.

Restauración: el cliente se llevará la comida que no se acabe

El texto también establece deberes específicos a las empresas hosteleras, que deberán:

  • Facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional, los alimentos que no haya consumido, e informar de esta posibilidad de manera clara y visible en el mismo establecimiento, preferentemente a la carta o el menú.
  • Utilizar envases que sean aptos para el uso alimentario, reutilizables, compostables o fácilmente reciclables, y admitir que el consumidor lleve su propio envase.

También las administraciones públicas

La nueva ley impone además a la Administración pública y al resto de entidades del sector público la obligación de:

  • Incorporar en los contratos públicos y los convenios de gestión de servicios relacionados con la gestión de alimentos, cláusulas para prevenir las pérdidas y el desperdicio alimentarios.
  • Recoger y analizar los datos de las pérdidas y el desperdicio alimentarios y elaborar un Plan estratégico de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentarios.

Las administraciones deberán crear almacenes donde gestionar los excedentes que recibirán las ONG encargadas de distribuir estos productos. Así mismo el Gobierno, con la colaboración del Consejo Catalán de la Alimentación, deberá elaborar también un Plan estratégico. Los supermercados, por su parte, estarán obligados a incentivar la venta de productos con la fecha de caducidad próxima o con imperfecciones.  Y se sancionará a los establecimientos comerciales de más de 400 metros cuadrados que tiren a la basura alimentos caducados.

En Cataluña, según datos oficiales de 2010, el desperdicio alimentario en los hogares, comercios al por menor y la restauración fue 262.471 toneladas anuales. Esto significa que cada catalán derrocha 35 kilos al año, equivalente a un 7% de los alimentos adquiridos.