Ha comenzado la tramitación del primer anteproyecto de ley que recoge el fin de las pajitas, bastoncillos o cubertería desechable. El texto incluye otras medidas que también afectan a a hostelería, como la obligación de ofrecer agua gratis en bares y restaurantes o el cobro por los envases plásticos de comida para llevar en 2023.

Arranca la tramitación del anteproyecto de Ley de Residuos para impulsar una economía circular, mejorar la gestión de residuos en España y luchar contra la contaminación.

El pasado 2 de junio el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, daba luz verdeal anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados, que comienza su tramitación.

Profesionalhoreca, vaso de café para llevar
Entre los productos de plástico de un solo uso sujetos a reducción están los vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones,

Este texto revisa la actual normativa de residuos y suelos contaminados para cumplir con los nuevos objetivos establecidos en las directivas comunitarias del Paquete de Economía Circular, así como con los derivados de la directiva de plásticos de un solo uso. Tras esta primera aprobación por parte del Consejo de Ministros, ahora comienza el trámite de información pública, así como los restantes procesos de consulta y participación preceptivos.

El texto persigue reducir la generación de residuos y especialmente determinados productos de plástico para prevenir su impacto en el medio ambiente, en particular el medio acuático, y en la salud humana.

Limitaciones a los plásticos de un solo uso

Para ello, por primera vez la legislación española recoge limitaciones a determinados plásticos de un solo uso, restringiendo la introducción en el mercado de alguno de ellos y estableciendo un impuesto para avanzar en la reducción de los envases de plástico no reutilizables.

El impuesto especial a los envases de plástico no reutilizable será de carácter indirecto y recaerá sobre la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de envases de plástico no reutilizables que vayan a ser objeto de utilización en el mercado español.

Entre los productos de plástico de un solo uso sujetos a reducción están los vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones, y los recipientes para alimentos, tales como cajas, con o sin tapa, incluidos los recipientes para alimentos utilizados para comida rápida u otros alimentos listos para su consumo inmediato. El objetivo es conseguir en 2026 una reducción del 50% en su comercialización, con respecto a 2022; y en 2030, esa reducción debe ser del 70%, también con respecto a 2022.

A partir del 1 de enero de 2023 queda prohibida la distribución gratuita de envases de plástico no reutilizable y se deberá cobrar por cada uno de los productos de plástico que se entreguen al consumidor, diferenciándolo en el ticket de venta

En cualquier caso, a partir del 1 de enero de 2023, queda prohibida su distribución gratuita, y se deberá cobrar por cada uno de los productos de plástico que se entregue al consumidor, diferenciándolo en el ticket de venta.

Productos de un solo uso prohibidos

Según el texto del anteproyecto, a partir del 3 de julio de 2021 quedaría prohibida la introducción en el mercado de productos de plástico de un solo uso como bastoncillos de algodón (excepto si entran en el ámbito de los productos sanitarios); cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas, palillos); platos; pajitas y agitadores de bebidas, o recipientes y vasos para alimentos y bebidas hechos de poliestireno expandido, incluidos sus tapas y tapones.

Asimismo se prohíbe cualquier producto de plástico fabricado con plástico oxodegradable y el uso de cosméticos y detergentes que contengan microplásticos añadidos intencionadamente.

En relación a las botellas de plástico, se regulan objetivos de recogida separada en dos horizontes temporales: en 2025 se deben recoger separadamente el 77% en peso respecto al introducido en el mercado, aumentando al 90% en 2029.

Desperdicio alimentario

Para luchar contra el desperdicio alimentario, la propuesta normativa incluye medidas para reducir los residuos alimentarios, con algunas medidas específicas dirigidas a las industrias alimentarias, las empresas de distribución y de restauración colectiva. Además, se insta a las administraciones competentes a tomar medidas para frenar la generación de basura dispersa en el medio marino.

Mejor agua no envasada

Para reducir el consumo de envases, la futura Ley de Residuos establece que en los establecimientos de hostelería se tendrá que ofrecer siempre a los consumidores la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento (siempre que el agua de la red presente las condiciones sanitarias exigibles).

Profesionalhoreca, vaso de agua

Reutilización y reciclado

En cuanto al resto de residuos, el texto marca los objetivos y medidas para fomentar la preparación para la reutilización y el reciclado fijándose un calendario de implantación para nuevas recogidas separadas: biorresiduos, cuyo calendario se adelanta a 31 de diciembre de 2021 para los municipios de más de 5.000 habitantes y a 31 de diciembre de 2023 para el resto; y textiles, aceites de cocina usados y residuos domésticos peligrosos, antes del 31 de diciembre de 2024.  

Se trata de gestionar los residuos adecuadamente, pero también de utilizar esos residuos como recursos para generar otros productos o sustancias, favoreciendo así el paso de una economía lineal (producir-consumir-tirar) a una circular donde se  apuesta por un sistema respetuoso con el medio ambiente y basado en la prevención, la reutilización, reparación y reciclaje.

El abandono de residuos, infracción muy grave

El texto revisa también el régimen sancionador incluyendo nuevas infracciones. Así, será considerado infracción muy grave el abandono, incluido el de la basura dispersa (“littering”), el vertido y la gestión incontrolada de residuos peligrosos y también de cualquier otro tipo de residuos, en este segundo caso, siempre que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente. Cuando no haya supuesto estos riesgos, se considerará infracción grave.

Las sanciones que contempla el anteproyecto son multas desde 50.001 euros hasta 2.000.000 euros, excepto si se trata de residuos peligrosos, en cuyo caso la multa podrá ser desde 350.000 euros hasta 2.000.000 euros.

Junto al anteproyecto, el Gobierno ha aprobado también la Estrategia Española de Economía Circular (EEEC),»España Circular 2030″, y un real decreto que mejora la trazabilidad y el control de los traslados de residuos, tres elementos clave del Marco de Economía Circular que el Gobierno quiere usar como palanca para la recuperación económica tras la crisis sanitaria del Covid-19.

Con la pandemia del Covid-19 los productores de plástico y algunas industrias han reclamado a la Comisión Europea que frene las normas de reducción de residuos o que cambie los calendarios de aplicación, pero la UE ha dejado claro que no hay marcha atrás y los Estados miembros tienen la obligación de cumplir con las normas y los plazos.