Noviembre de 2026 es la fecha límite que marca la ley para implantar el sistema de Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) de envases, que obligará a la hostelería y al comercio a repercutir un cargo extra de 10 céntimos por cada envase de bebida de un solo uso. No obstante, todavía no se conocen los detalles operativos…

Desde la patronal hostelera, Hostelería de España, señalan que pero los detalles operativos de cómo funcionará en la práctica «aún no están completamente definidos por el Ministerio para la Transición Ecológica, y la autorización de los operadores que han de gestionar el sistema está pendiente en la Comunidad de Madrid».

¿Qué es el SDDR?

El SDDR es un sistema por el que cada envase de bebida de un solo uso (que son botellas de plástico de hasta 3 litros, latas y cartón para bebidas o brik) lleva asociado un depósito mínimo de 10 céntimos que el consumidor paga al comprar; lo recupera al devolver el envase vacío en un punto habilitado. «No es un impuesto. Es una fianza reembolsable«, puntualizan desde Hostelería de España.

Profesional Horeca, bebiendo latas de refresco en una terraza

¿Por qué se impone ahora?

Su activación en España es consecuencia directa del incumplimiento de los objetivos de reciclaje fijados por la Ley 7/2022: en 2023 se recogió de forma separada el 41,3% de las botellas de plástico puestas en el mercado, muy lejos del 70% exigido. La propia ley establece que ese incumplimiento activa automáticamente la obligación de implantar el SDDR en un plazo máximo de dos años. El cálculo sitúa la fecha límite en noviembre de 2026.

No es un sistema nuevo en Europa: Portugal, Alemania, Dinamarca, Suecia y Países Bajos ya operan con él, con tasas de reciclaje que superan el 90%. España va a implantar, con retraso, un modelo probado.

Ojo: el consumo en el local está exento

Un punto clave que los negocios hosteleros deben tener muy claro es que cuando el cliente consume la bebida en el propio establecimiento, en barra o en mesa, el depósito no se aplica.

«Esta exención está recogida expresamente en el Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases, que establece un tratamiento diferenciado para el canal horeca», explican desde Hostelería de España.

«La lógica del Reglamento es clara: el depósito existe para incentivar que el consumidor devuelva el envase en lugar de abandonarlo. Cuando el consumo es en local, el propio establecimiento recoge y gestiona el envase, eliminando ese riesgo. El depósito no tiene razón de ser en ese contexto»

El depósito sí se aplica en el caso de las bebidas para llevar o take away; en este caso, los establecimiento deberán cobrar el depósito y gestionar la devolución de los envases.

Algo en lo que sector hostelero no es nuevo precisamente; lleva años gestionando y reciclando barriles de cerveza y formatos en vidrio reutilizables de aguas, cerveza o refrescos.

Puntos por definir

El sector está a la espera de que el Ministerio para la Transición Ecológica publique los detalles técnicos definitivas sobre cómo funcionará el sistema en la práctica: cómo se gestionará la logística de los envases retornados, cómo operarán los puntos de devolución o si habrá períodos de adaptación específicos para distintos tipos de establecimiento.

Además, para que el SDDR pueda funcionar, es imprescindible que estén autorizados los operadores que han de gestionar el sistema. Las solicitudes para constituir esos sistemas se han presentado en la Comunidad de Madrid, que aún no ha autorizado a ningún operador; «sin esa autorización, el sistema no puede arrancar, con independencia de lo que marque la ley», explican desde Hostelería de España.

La patronal hostelera participa activamente en la Asociación SDDR España, una de las iniciativas presentadas para operar el sistema, precisamente para asegurar que el modelo que finalmente se implante respete las particularidades del canal horeca.